YOSEIKAN BUDO ESPAÑA
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Seguro Deportivo allianz
SOLICITUD DE PRESTACIÓN SANITARIA EN CUADRO MÉDICO
La asistencia médica se prestará en los centros del cuadro médico de Allianz. En caso de accidente cubierto por la póliza, se deberá contactar con secretaría en los números de teléfono indicados, salvo casos de urgencia vital, y se le facilitará los datos y ubicación del centro del cuadro médico más adecuado en atención a las lesiones sufridas.
En la primera comunicación telefónica a secretaría (tlfno: 711797923 / 647743084), se deberá facilitar al menos:
– Datos personales del accidentado y tipología de lesiones.
– Datos del colectivo al que pertenece el accidentado
– Fecha, horario, lugar y descripción de la forma de concurrencia.
– Enviar los informes médicos al siguiente e-mail: secretaria-yoseikan@hotmail.com
Los teléfonos de la compañía son los siguientes:
1. Para asistencia en Cataluña, Comunidad Valenciana, Murcia, Galicia, Madrid, Cantabria y Andalucía:
Telf. 913 25 55 68. Envío de documentación: asistenciacolectivos.es@allianz.com
2. Para asistencia en el resto del territorio español:
Telf. 913 34 32 93. Envío de documentación: allianzaccidentes.autorizaciones@hna.es
Posteriormente, y en un plazo no superior a 5 días, el accidentado deberá aportar el parte de comunicación de accidentes debidamente cumplimentado y sellado tanto a la secretaría de Yoseikan como a la compañía. En los supuestos que no se reciba el parte de accidentes debidamente cumplimentado, el coste de la prestación sanitaría correrá a cargo del asegurado.
A título informativo, se puede consultar el cuadro médico de Allianz, en la página web de la compañía: www.allianz.es
AUTORIZACIÓN DE ASISTENCIA MÉDICA.
Cualquier prestación de asistencia sanitaria debe ser autorizada previamente por Allianz. La asistencia sanitaria recibida sin autorización específica de Allianz, carece de cobertura, salvo lo indicado en caso de urgencia vital.
1. La autorización: de la asistencia médica, ya se trate de una primera asistencia (informar dentro de las 48 horas siguientes a la ocurrencia del accidente) o de asistencia médica sucesiva, se solicitará en los números de telf. indicados anteriormente. Allianz facilitará la autorización directamente al accidentado y/o al centro médico según los casos.
2. Urgencias vitales: por urgencia vital se entiende toda condición clínica que implique riesgo de muerte o de secuela funcional grave, de manera que requiere una atención médica inmediata e impostergable. Esta prestación es de obligada atención por cualquier institución de salud.
La condición de riesgo de muerte o de secuela funcional grave deberá ser certificada por un médico/cirujano de la unidad de urgencia pública o privada en la que el accidentado haya sido atendido.
En los casos de urgencia vitales que impliquen un riesgo grave para la vida o la integridad del accidentado según se define más abajo, éste podrá ser atendido por el centro sanitario más próximo.
Allianz abonará al Centro Sanitario los gastos sanitarios derivados de la asistencia de urgencia al accidentado durante las primeras 48 horas desde la fecha del accidente.
Una vez superada la primera asistencia de urgencia, el accidentado deberá ser trasladado a un Centro del Cuadro Médico para continuar su tratamiento.
Allianz no asumirá el coste de las prestaciones una vez superado el plazo de 48 horas indicado en Centros que no pertenezcan al Cuadro Médico, salvo autorización expresa.